Viviendas turísticas, Rendimientos inmobiliarios, Actividad económica, Imposición indirecta, Persona física.
Resumo
El tratamiento fscal aplicable a las viviendas de uso turístico es un factor relevante en los problemas que estas están generando en las grandes ciudades. Lo que en un principio surge como un mero intercambio de viviendas sin onerosidad ha derivado hacia una actividad económica muy lucrativa. La tributación que afecta a esta modalidad de arrendamiento ha estado, hasta ahora, poco acorde a la realidad. Es por ello, por lo que hemos pretendido analizar el régimen tributario existente en relación con los rendimientos obtenidos por particular persona física. También se hará hincapié en la fscalidad indirecta que afecta a esta casuística, es decir, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), y tangencialmente al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) vigente en Ceuta y Melilla.
Biografia do Autor
Belén Bahía Almansa
Profesor de Derecho Financiero y Tributario; Universidad de Málaga.
Ignacio Cruz Padial
Profesor de Derecho Financiero y Tributario; Universidad de Málaga.